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Despacho de Abogados de Extranjería y Servicios Inmobiliarios

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Servicio Humanizado,
Compromiso y Experiencia

¡Nos gusta resaltar estas 3 palabras porque están en nuestro ADN y han definido nuestra oficina desde el principio!

Conexión 34 es una oficina de Extranjerí­a en Barcelona y uno de los mejores despachos del sector jurídico en el área de extranjería, con años de expertise, teniendo como objetivo la agilidad, el seguimiento de los procedimientos y el buen servicio al cliente.

Gracias a su experiencia, gran conocimiento y los abogados especialistas que componen su equipo son la mejor opción para resolver cualquier problema jurídico de inmigración.

Actuamos directamente en toda España, Portugal y Brasil.

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Conozca nuestras soluciones

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Régimen General

Expedientes de reagrupación familiar

Residencia por arraigo laboral

Residencia por arraigo familiar

Residencia por circunstancias excepcionales

Tramitación de informe de vivienda para la reagrupación familiar

Autorización inicial de residencia y trabajo cuenta ajena

Autorización inicial de residencia y trabajo cuenta propia

Modificación de autorización de residencia a autorización de residencia y trabajo

Modificación de autorización de residencia y trabajo por cambio de sector o ámbito geográfico

Modificación de autorización de residencia y trabajo cuenta ajena a cuenta propia

Renovación de la autorización de residencia

Renovación de la autorización de residencia y trabajo

Autorización de residencia y excepción de permiso de trabajo

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Otros Trámites Ante La Oficina de Extrangería o en La Comisaría de Polícia

Solicitud de prórroga de estancia

Solicitud de autorización de regreso

Solicitud de N.I.E. de no residente

Solicitud de título de viaje

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Certificados

Solicitud de certificado de nacimiento ante cualquier

Registro de España
Solicitud de certificado de antecedentes penales para personas no residentes en España

Solicitud de certificados de matrimonio /divorcio /separación ante cualquier Registro de España

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Homologación de Titulos

Solicitud de homologación y convalidación de títulos universitarios y no universitario

Solicitud de reconocimiento de títulos expedidos en la Unión Europea

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Régimen Comunitario

Solicitud de tarjeta de familiar de comunitario

Renovación de tarjeta de familiar de comunitario

Inscripción en el Registro Central de Extranjeros

Reagrupación en régimen comunitario

Modificación de tarjeta de familiar de comunitario a régimen general

6 Ley 14 DE 2013 - Apoyo a Empreendedores y Su Internacionalización

Residencia para profesionales altamente cualificados

Residencia para inversores

Residencia para emprendedores

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Estudiantes

Solicitud de la autorización de estancia por estudios

Prórroga de la autorización de estancia por estudios

Autorización de trabajo para estudiantes

Reagrupación de familiares de estudiantes

Modificación de la autorización de estancia a autorización de residencia

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Nacionalidad y Etado Civiu

Expediente de nacionalidad por residencia

Aceptación de la nacionalidad

Expedientes de nacionalidad por opción

Expedientes de matrimonio civil

Inscripción de matrimonios celebrados fuera de España

Recursos contra denegaciones de solicitud de nacionalidad

Recursos contra denegación de inscripción de matrimonio

Traslado de expedientes del Registro Civil Central al local

Outros Servicios

Cartas de invitación

Información del estado de expedientes de nacionalidad
Información sobre la existencia de antecedentes penales

Solicitud de cancelación de antecedentes penales y policiales

Legalización de documentos ante el

Ministerio de Justicia y el Ministerio Español de Asuntos Exteriores

Apostilla y legalización por vía diplomática de documentos españoles para trámites en el extranjero

Traducción de documentos extranjeros por Intérprete Jurado

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Descubra nuestras
soluciones inmobiliarias

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Conexión34 es una empresa de consultores inmobiliarias para inversores y emprendedores.

La empresa tiene como objetivo dar buen servicio, atención y rapidez a sus clientes através de sus profesionales calificados. Su pilar es la labor en conjunto con un equipede Abogados y Agentes Inmobiliarios de Barcelona-ES, Ibiza-ES, Lisboa-PT e Brasil.

Nuestras preguntas frecuentes

¿Cuáles son las principales documentaciones para sacar el arraigo Laboral?

Arraigo Laboral básicamente se refiere a cuando una persona extranjera, que se encuentra de forma irregular en territorio español, ha mantenido una relación laboral por al menos 6 meses (si es 30 horas semanales o durante 1 año si es de 15 horas) y desea legalizar su estatus.

Primero, mantén la calma y demuestra tu arraigo: además de haber cotizado al menos 6 meses, es hora de demostrar que realmente estás arraigado en España. Debes haber vivido en el país de manera continua durante al menos dos años.
¿Cómo puedes hacerlo? Manteniendo una situación laboral estable y cumpliendo con tus obligaciones fiscales y de seguridad social.

Segundo, prepara tus papeles: ahora es el momento de reunir todos los documentos necesarios para solicitar la autorización de residencia temporal por arraigo laboral:

– Tu pasaporte
– Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10)
– Carecer de antecedentes penales.
– Contrato de trabajo o documento que acredite la existencia de relación laboral en los últimos dos años.
– Pruebas de tu estancia en España (la principal es el justificante de padrón)
– Informe de Arraigo emitido por la comunidad en donde te encuentres, en el caso de Madrid, se puede solicitar online.

Finalmente, ¡Presenta tu solicitud y cruza los dedos! cuando hayas preparado todos los documentos, solicita cita previa en la Oficina de Extranjería más cercana y presenta tu solicitud, también, podrás realizarlo online con tu certificado digital; o aún mejor a través de nuestros asesores expertos que te garantizan que todo salga tal y como lo has planeado.
¡Listo! Cruzaremos los dedos para que todo salga bien y las autoridades migratorias aprueben tu solicitud.
Una vez aprobado el Arraigo
Una vez sea aprobada la solicitud, ¡Felicidades, ahora eres un residente en España!
La Administración suele resolver los casos en un plazo de 3 meses, pero a veces podría demorarse un poco más, recuerda que dependerá mucho de la comunidad en donde estés o la cantidad de casos que la misma tenga, pendientes de resolver.

Si todo sale según lo planeado, recibirás la tan esperada autorización de residencia temporal por Arraigo Laboral y deberás solicitar cita para toma de huellas y luego para retirar tu tarjeta.

⁠¿Cómo funciona una pareja de hecho?
Se denomina “pareja de hecho” a la relación contractual que regulariza, legal y públicamente, la unión estable entre dos personas, de distinto o igual sexo, con intereses comunes en desarrollar una vida familiar y de convivencia, pero sin contraer aún matrimonio. A día de hoy, inscribirse como pareja de hecho es una de las vías más comunes para poder conseguir la residencia en España. Y es que, aunque tenga algunos puntos en común, el procedimiento legal que implica el matrimonio es muy diferente al que se requiere para ser pareja de hecho. Del mismo modo, los derechos que se otorgan tampoco son los mismos. Por esta razón es tan importante valorar cada situación personal y decidir por cuál de las dos opciones conviene más optar.
En España, cualquier persona puede hacerse pareja de hecho cumpliendo las siguientes condiciones:
– Ser mayor de edad.
– Poder demostrar un período mínimo de convivencia. (Si los miembros de la pareja tienen hijos de manera conjunta, no se exigirá este punto)
– No estar casado.
– Acreditar que al menos uno de los dos miembros está empadronado en la comunidad autónoma en la que vayan a inscribirse.
– Contar con dos testigos presentes durante la inscripción.
Las parejas de hecho en España deben inscribirse en el Registro de Parejas Estables no Casadas. Entre los documentos a presentar destacan:
– Pasaporte o DNI de ambos miembros de la pareja.
– Partida de nacimiento.
– Acreditación del estado civil.
– Nulidad matrimonial si alguno hubiera estado casado anteriormente.
– Libro de familia si se tienen hijos en común.
– Certificado de empadronamiento.
– Formulario de inscripción de la pareja cumplimentado adecuadamente.
No olvides que toda la documentación ha de estar en riguroso vigor y que entregarla de forma incorrecta puede desencadenar en la denegación como respuesta.
Por ello, te recomendamos acudir a la ayuda de un profesional experto en la materia que te asesore en el proceso aumentando así las probabilidades de una inscripción favorable.
⁠Vivo irregular en España desde hace 3 años. ¿Puedo solicitar el arraigo social?

Si. Para poder solicitar una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, concretamente el Arraigo Social debemos acreditar que hemos permanecido en España los últimos 3 años.

Este es el primero de los requisitos que debemos cumplir para poder acceder a este tipo de permiso. Ya sabéis que para poder demostrar esa permanencia en España podemos utilizar por ejemplo el Certificado de empadronamiento o cualquier otro documento admitido en derecho, a través del cual podamos justificar que hemos estado en España.

Este plazo de tres años, en ningún caso se reduce por ejemplo al tener familiares en España o contar con una oferta de empleo en nuestro país.

En el caso del Arraigo Social debéis tener muy en cuenta que lo primero que debéis hacer es contar muy bien el tiempo que lleváis en España, ya que si hacéis una solicitud de este permiso sin cumplir dicho plazo, la misma será inadmitida a trámite o incluso denegada.

Los requisitos para solicitar este tipo de arraigo son diferentes según la Comunidad Autónoma en la que te encuentres. No obstante, la mayoría de ellos se dan a nivel general, y a continuación te exponemos los principales.

– En primer lugar, deberás demostrar que has residido, aunque de forma ilegal, durante un total de tres años en España; sin ausencias superiores a más de 120 días totales. De los cuatro tipos de arraigo, este es el que presenta un requisito temporal mayor (son únicamente 2 años para el arraigo laboral y arraigo para la formación, y ninguno para el arraigo familiar).

– Es importante que seas un ciudadano de fuera de la Unión Europea.

– Conseguir un informe favorable del gobierno autonómico de la región en la que vivas (a menos que tengas un familiar residente legal)
– Pasar una entrevista con tu ayuntamiento local
– No disponer de antecedentes penales, ni en España ni en tu país de origen, durante los últimos 5 años
– Conseguir un contrato de trabajo.
– Demostrar tu vínculo con la sociedad española, ya sea a nivel económico, familiar y social
– Si la comunidad autónoma en la que vives tiene una segunda lengua, deberás demostrar que la entiendes y hablas. Para ello, y por ejemplo en el caso de Cataluña, deberás realizar un curso de catalán de 45 horas.

En las siguientes preguntas iremos resolviendo las principales dudas sobre cada uno de estos requisitos.
Pero recuerda que, si por tus circunstancias particulares y los requisitos principales no puedes solicitar el el arraigo social, todavía existen 3 otros tipos de arraigo que quizás sí puedas solicitar.

⁠¿Es posible sacar el arraigo por Formacion estando irregular en España? ¿cuáles son los pre requisitos?

El arraigo por formación es una figura de reciente creación incluida en el Real Decreto 629/2022.

Permite conseguir un permiso de residencia legal válido por un período de 12 meses a aquellas personas migrantes que lleven 2 años en España y quieran obtener una formación que les ayude a insertarse laboralmente.
Es una medida muy interesante porque agiliza la incorporación de extranjeros al mercado laboral y permite cubrir puestos para los que existe falta de mano de obra.

El arraigo por formación se ha convertido en una vía para que las personas en situación irregular en España puedan conseguir sus papeles y una autorización para formarse en ocupaciones en las que se precisa personal.

Además, posteriormente les permite trabajar si consiguen un contrato de trabajo.

Para solicitar el arraigo por formación, es imprescindible que la persona extranjera cumpla los siguientes requisitos:

– Comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo. Su realización es obligatoria.
– Acreditar su permanencia en España de forma continuada durante al menos 2 años.
– No tener antecedentes penales en su país o en los que haya residido en los últimos 5 años anteriores a España.
– No tener antecedentes penales en España.
– No tener prohibida su entrada a España.

Esta es la formación que te permitirá conseguir el nuevo arraigo por formación en España:

– Formación reglada para el empleo.
– Certificado de profesionalidad.
– Formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica.
– Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo.
– Formación permanente de las universidades.
– Cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales u otras enseñanzas propias de formación permanente.

Se exigirá que la matriculación se haya realizado en un plazo de 3 meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de residencia.
En caso de no acreditarse, la Oficina de Extranjería podrá extinguir la autorización.
Si la matriculación esté supeditada a periodos concretos de matriculación se tendrá que enviar a la Oficina de Extranjería la prueba de la matrícula en un periodo máximo de 3 meses desde la finalización de dicho plazo.

La persona extranjera tendrá que aportar la siguiente documentación para solicitar la residencia por arraigo de formación:

– Solicitud del arraigo por formación y compromiso de la realización de la formación. Para esto existe este modelo de Declaración Responsable de arraigo por formación donde se detallará la información del curso. Se presentarán dos copias del Modelo EX-10.

– Documentación que sirva para demostrar tu permanencia en España. Por ejemplo, certificado de empadronamiento, documentos de la sanidad pública, etc

– Fotocopia del pasaporte. Deberá tener al menos 4 meses de vigencia.

– Certificado de antecedentes penales expedido por su país o países donde haya residido en los últimos 5 años anteriores a España. (Si es en otro idioma, deberá estar traducido y haber sido reconocido legalmente en España)

Según la norma la autorización de residencia por arraigo de formación se podría prorrogar 1 única vez por un nuevo periodo de 12 meses.

Esta prórroga se podrá realizar cuando la formación tenga una duración superior a la vigencia de la primera autorización concedida.

La autorización de residencia no va a tener efectos desde el inicio de la formación sino desde la fecha en la que se conceda.

¿Cuál es la diferencia entre NIE y TIE?

– El número NIE se refiere al número asignado a todos los extranjeros que tienen algún asunto legal en España. NIE significa “número de identidad del extranjero”. Cada extranjero que tenga que realizar algún trámite legal en España debe conseguirlo, viva o no allí: el NIE es también su número de identificación fiscal español. Se emite en una hoja blanca de papel tamaño A4.

– La Tarjeta TIE – para residentes no comunitarios – es una tarjeta que todos los residentes extranjeros no comunitarios deben obtener en España si residen aquí durante más de 6 meses. TIE significa “tarjeta de identidad del extranjero”. Solo se puede sacar una TIE si es residente en España y vivirá aquí más de 6 meses. Su número de NIE aparecerá en ella.

– Tarjeta verde (NIE) – para residentes ciudadanos de la UE – NIE también se conoce comúnmente como la pequeña tarjeta verde emitida para los titulares de pasaportes de la UE. La tarjeta NIE tiene su Número de Identificación de Extranjero pero no tiene foto y siempre debe ir acompañada de su documento nacional para acreditar su identidad. Los ciudadanos de la UE no necesitan TIE. Los familiares o dependientes de los titulares de pasaportes de la UE obtienen una TIE rosa.

NIE significa Número de Identificación de Extranjero y es para todos los que no son ciudadanos españoles. NIE es siempre una letra seguida de 7 números, y luego otra letra, p.ej. X-1234567-B.

En definitiva, es solo un número que le identifica como extranjero en España. Este número es necesario para cualquier trabajo legal y financiero en la declaración de impuestos, la compra de propiedades, el establecimiento de un negocio, la apertura de una cuenta bancaria y para casi todos los demás formularios que complete.
Necesita un NIE para realizar cualquier tipo de transacción o pago que pueda involucrar a la Agencia Tributaria española, por lo que es importante que tenga uno para cualquier tipo de asunto financiero, profesional o social que realice en España: comprar una propiedad, abrir un negocio, comprar un automóvil, alquilar un apartamento, pagar facturas de electricidad, facturas de teléfono, inscribir a su hijo en la escuela, invertir, etc. Tenga en cuenta que el registro de impuestos no siempre es automático y es posible que deba ir a la Hacienda para activarlo.

El NIE no es una prueba de residencia y tampoco le autoriza a vivir o trabajar en España, es solo un número. La autorización de residencia en España para no comunitarios consiste en la TIE, y para ciudadanos de la UE consiste en el certificado de residencia UE (o NIE tarjeta verde).

¿Qué servicios realizan para la restauración de inmuebles?

Trabajamos con:

– Prestación de Servicios Eléctricos: contrate un electricista para instalar, reparar o mantener sistemas eléctricos en obras de construcción, como cableado, enchufes, interruptores, lámparas, cuadros de distribución, etc.

– Servicios Hidráulicos: utilice este documento para contratar a un proveedor de servicios para la instalación, reparación o mantenimiento de sistemas hidráulicos en obras civiles, como tuberías, grifos, duchas, válvulas, cajas de agua, etc.

– Prestación de Servicios de Mantenimiento General: para realizar pequeñas reparaciones o ajustes en obras de construcción civil, como pintura, mampostería, carpintería, cerrajería, etc., es recomendable que se firme un contrato de esta naturaleza.

– Servicios de Carpintería: contrate a un carpintero calificado y experimentado para fabricar, instalar o reparar muebles o piezas de madera en obras de construcción civil, como armarios, puertas, ventanas, escaleras, etc.

– Prestación de Servicios de Aplicación de Yeso: utilice este documento si usted quiere contratar un proveedor de servicios capacitado para aplicar yeso en paredes o techos en obras de construcción, con fines de acabado o decoración.

¿Qué tipo de contratos realizan?

Tanto si eres arrendador como arrendatario, debes saber que la legislación española contempla varios tipos de contrato de alquiler. Conocer sus particularidades y elegir el tipo de contrato que mejor se adapta a nuestra situación y propiedad es fundamental para evitar sorpresas o perjuicios en el futuro.

Los contratos de alquiler son diferentes en función de la clase de arrendamiento y su duración, aunque los más habituales siempre son el de vivienda habitual, el de temporada o temporal, el turístico y por habitaciones.

– Contrato por alquiler de vivienda habitual

Los contratos de alquiler de vivienda habitual permiten que el inquilino haga uso y disfrute de la vivienda del propietario a cambio de una retribución económica. Para que una vivienda sea considerada como habitual, el inquilino debe permanecer en ella al menos dos años o poder demostrar que reside en ella la mayor parte del año.
Los contratos por alquiler de vivienda habitual tienen una duración de hasta 5 años, prorrogables por 3 años más. Esto aplica a todos los contratos nuevos y los firmados desde el 6 de marzo de 2019, cuando entró en vigor la última Ley de Arrendamientos Urbanos.

– Contrato de alquiler temporal

Los contratos de alquiler temporal tienen una duración normalmente inferior al año y su naturaleza reside en que no se trata de la vivienda habitual del arrendador. Es habitual para estudiantes o estancias por proyectos profesionales. Aunque su duración suele ser corta, puede prolongarse el tiempo que las partes quieran y está exento de IVA.

– Contrato de alquiler turístico

Los contratos de alquiler turístico son los que se firman para estancias con propósitos vacacionales. Estos contratos están sujetos a IVA si además por parte del arrendador se ofrecen servicios propios de la industria hostelera como limpieza o desayunos. Su duración no puede ser de más de 31 días.

– Contrato de alquiler por habitaciones

En los contratos de alquiler por habitaciones lo que se estipula es el derecho a usar una habitación por un tiempo determinado, compartiendo el resto de las zonas comunes de la vivienda (salones, cocinas y baños) con el resto de los arrendatarios.

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